Definiciones de las diversas tareas que pueden llegar a ejercer un Contador Público en la realización de su actividad profesional.
1.Área contable y financiera
- Elaboración y suscripción de
certificados de Ingresos
Consiste en una prueba de solvencia
que es requerida cuando una persona natural (obligada o no obligada a llevar
contabilidad) desea presentar una solicitud de crédito ante una institución
crediticia con el fin de beneficiarse de una mejor oportunidad de obtener su
préstamo financiero. Además, según algunas situaciones, como el alquiler de un
alojamiento, un certificado de su renta es quizás exigido para asegurar a un
propietario.
Importante:
El contador debe proveerse de la
información contable necesaria y tener en cuenta que la Junta Central de
Contadores, en su Circular 044 de noviembre de 2005 indicó que se pueden hacer
certificados de ingresos a las personas que no llevan contabilidad.
Tomado De: http://actualicese.com/actualidad/2013/03/01/que-hace-y-debe-saber-un-contador-publico-en-el-ejercicio-diario-de-sus-funciones/
Tomado De: http://actualicese.com/actualidad/2013/03/01/que-hace-y-debe-saber-un-contador-publico-en-el-ejercicio-diario-de-sus-funciones/
Tomado De :http://actualicese.com/modelos-y-formatos/plantilla-para-elaborar-formulario-220-certificado-de-ingresos-y-retenciones-a-empleados-ano-gravable-2016/
2. Certificación de estados financieros
La certificación de los estados financieros debe constar
por escrito, con las rúbricas del comerciante persona natural (o del
representante legal principal o suplente en el caso de entes jurídicos) y del
contador público que los prepara, con indicación del correspondiente número de
su tarjeta profesional vigente. La certificación consiste en declarar que se
han verificado previamente las afirmaciones contenidas en ellos, conforme al
reglamento, y que las mismas se han tomado fielmente de los libros. (ver art.
37 de la Ley 222 de 1995)
Tomado De :http://actualicese.com/actualidad/2013/03/01/que-hace-y-debe-saber-un-contador-publico-en-el-ejercicio-diario-de-sus-funciones/
No hay comentarios.:
Publicar un comentario